Aviso de información de inmigración
La información sobre inmigración y autorización de trabajo en esta página es solo una guía general, no un asesoramiento legal. Las reglas de inmigración son complejas, cambian con frecuencia y dependen de las circunstancias individuales. Para decisiones sobre su estatus, documentos o elegibilidad, consulte a un abogado de inmigración licenciado o a un representante acreditado del Departamento de Justicia (DOJ) de los EE. UU.
¿Cómo funcionan las listas A, B y C?
Los documentos aceptables de USCIS están organizados en tres listas:
Lista A: Identidad Y Autorización de Trabajo (elija una)
Estos documentos prueban quién eres y que estás autorizado para trabajar. Si tiene un documento de la Lista A, solo necesita presentar ese único documento.
Lista B: Solo identidad (usada con la Lista C)
Estos documentos prueban únicamente la identidad y deben ir acompañados de un documento de la Lista C.
Lista C: Autorización de trabajo únicamente (usada con la Lista B)
Estos documentos prueban que puedes trabajar en los EE. UU. pero no prueban tu identidad. Deben ir acompañados de un documento de la Lista B.